Todas las claves para entender qué es la Denominación de Origen de un vino

Cillar de Silos_Denominacion de Origen

 

Las denominaciones de origen son para el aficionado del vino una garantía de que los vinos están controlados por organismos oficiales. A continuación, ahondamos más en este término.

Qué es la denominación de origen

Las Denominaciones de Origen (D.O) constituyen el sistema utilizado en nuestro país para el reconocimiento de una calidad diferenciada, consecuencia de características propias y diferenciales debidas al medio geográfico en el que se producen las materias primas, se elaboran los productos y a la influencia del factor humano que participa en las mismas. Los productores que se acogen a la denominación de origen se comprometen a mantener la calidad lo más alta posible.

Requisitos de la D.O:

La ley española de la viña y el vino define como “Denominación de Origen” al nombre de una región, comarca, localidad o lugar determinado que haya sido reconocido administrativamente para designar vinos que cumplan una serie de condiciones, tales como:

a) Haber sido elaborados en la región, comarca, localidad o lugar determinados con uvas procedentes de los mismos.

b) Disfrutar de un elevado prestigio en el tráfico comercial en atención a su origen.

c) La calidad y características del vino se deban fundamental o exclusivamente al medio geográfico que incluye los factores naturales y humanos.

Además, tal y como indica esta ley, será requisito necesario para el reconocimiento de una denominación de origen que la región, comarca o lugar a la que se refiera hayan sido reconocidos previamente como ámbito geográfico de un vino de calidad con indicación geográfica con una antelación de, al menos, cinco años.

Sistema de control

Según la normativa española, la gestión de la denominación de origen deberá estar encomendada a un órgano de gestión, denominado Consejo Regulador. La legislación de los Consejos Reguladores se realiza principalmente a través de sus reglamentos, pero también mediante disposiciones, órdenes ministeriales, decretos o Leyes Orgánicas.

Asimismo, son los Consejos Reguladores de cada D.O los encargados de velar por el cumplimiento de lo marcado. Estos organismos suelen estar formados por los titulares de los viñedos y bodegas. Por lo tanto, el Consejo Regulador es el que autoriza exhibir el distintivo de D.O a los productores de la zona que cumplen las reglas.

Calidades

Según el nivel de requisitos que cumplan y, en su caso, de conformidad con la legislación autonómica, los vinos elaborados en España podrán acogerse a alguno de los siguientes niveles:

Vinos de mesa:

1º. Vinos de mesa.

2º. Vinos de mesa con derecho a la mención tradicional “vino de la tierra”.

Vinos de calidad producidos en una región determinada (v.c.p.r.d.), en los que, a su vez, podrán establecerse los siguientes niveles:

1º. Vinos de calidad con indicación geográfica.

2º. Vinos con denominación de origen.

3º. Vinos con denominación de origen calificada.

4º. Vinos de pagos.

Denominaciones de origen españolas

A continuación se muestra un listado con las Denominaciones de Origen de vino Españolas:

  • Condado de Huelva
  • Jerez-Xérès-Sherry
  • Málaga
  • Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda
  • Montilla-Moriles
  • Sierras de Málaga
  • Calatayud
  • Campo de Borja
  • Cariñena
  • Somontano
  • Cava
  • Binissalem
  • Pla i Llevant
  • Abona
  • El Hierro
  • Gran Canaria
  • La Gomera
  • La Palma
  • Lanzarote
  • Tacoronte-Acentejo
  • Valle de Güímar
  • Valle de La Orotava
  • Ycoden-Daute-Isora
  • Almansa
  • Jumilla
  • La Mancha
  • Manchuela
  • Méntrida
  • Mondéjar
  • Ribera del Júcar
  • Uclés
  • Valdepeñas
  • Arlanza
  • Arribes
  • Bierzo
  • Cigales
  • Ribera del Duero
  • Rueda
  • Tierra de León
  • Tierra del Vino de Zamora
  • Toro
  • Alella
  • Cataluña
  • Conca de Barberá
  • Costers del Segre
  • Empordá
  • Montsant
  • Penedés
  • Pla de Bages
  • Tarragona
  • Terra Alta
  • Ribera del Guadiana
  • Monterrei
  • Rias Baixas
  • Ribeira Sacra
  • Ribeiro
  • Valdeorras
  • Vinos de Madrid
  • Bullas
  • Jumilla
  • Yecla
  • Navarra
  • Txakoli de Álava
  • Txakoli de Bizkaia
  • Txakoli de Getaria
  • Alicante
  • Utiel-Requena
  • Valencia

En definitiva, la ventaja fundamental de la denominación de origen es que garantiza al consumidor un nivel de calidad más o menos constante y unas características específicas.

 

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